el tribunal ordena al Ministro de Finanzas que proporcione fondos para consultas en el Este – Primer plano
El fallo del Tribunal Oral Sexto de Familia de Medellín sentó un precedente clave en la defensa del derecho a participar en la vida política, al ordenar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público: asignar de inmediato los recursos necesarios para realizar consultas públicas sobre la creación del área metropolitana del Valle de San Nicolás.
El Auto de Tutela No. 159, que obtuvo amparo constitucional, surgió de una denuncia presentada por nueve alcaldes de municipios del Oriente antioqueño y el gobernador del departamento, Andrés Julián Rendón.
Los demandantes argumentaron que el Ministerio de Hacienda, por su omisión, Violó el derecho fundamental de los ciudadanos a participar en la vida política..
El hombre se radicó en el Oriente antioqueño desde 2017, luego de su matrimonio. Foto:archivo privado
La esencia del conflicto fue la creación del Área Metropolitana del Valle de San Nicolás (que incluye El Carmen de Viboral, El Retiro, El Santuario, Guarne, La Ceja, La Unión, Marinilla, Rionegro y San Vicente Ferrer).
El Registro Nacional del Estado Civil (RNEC), luego de agotar los trámites y obtener opinión positiva del Congreso, convocó a consultas públicas el 9 de noviembre de 2025.
Si bien el propio Ministerio de Hacienda emitió un concepto favorable para el uso de fondos del Presupuesto General de la Nación (PNB) el 3 de junio de 2025, se abstuvo de realizar la transferencia.
Registro Foto:
Esta pasividad impidió que la Registraduría Nacional planificara y contratara la logística electoral (jurados, materiales, tecnología), lo que puso en riesgo las consultas. De hecho, la falta de recursos económicos obligó al Registro Civil a suspender la convocatoria el 27 de octubre de 2025 mediante resolución N° 13599.
Defensa y decisión del árbitro
En su respuesta, el Ministerio de Finanzas ignoró su responsabilidad, alegando la supuesta falta de competencia y la «difícil situación fiscal» del país.
Incluso llegó a sugerir que las unidades territoriales, en virtud de una cooperación armoniosa, deberían cofinanciar la contienda electoral.
El Registro Civil, sin embargo, se defendió demostrando que había insistido en transferir los fondos al Ministerio, advirtiendo de la «imposibilidad material» de organizar el evento.
La oficina judicial rechazó los argumentos del Ministerio. En un fuerte acto de protección del mecanismo democrático, el fallo afirmó que el hecho de que el Ministerio de Finanzas no lo haga pone en peligro directamente el derecho fundamental a participar en la vida política. Por ello, el Juez resolvió:
El área metropolitana del Valle de San Nicolás estaría compuesta por ocho municipios. Foto:Cortesía
- Garantizar la protección del derecho fundamental a participar en la vida política.
- Ordenar al Ministro de Hacienda y Crédito Público organizar el uso de los fondos del PGN de acuerdo con el concepto favorable que emitió en junio, a más tardar dos días (48 horas) contados a partir de la fecha del anuncio de la sentencia.
- Desconectar el Registro Civil Nacional por falta de legitimación activa en el caso pasivo, afirmando que la infracción provino exclusivamente de la cartera del Tesoro del Estado.
Este fallo obliga al Gobierno Nacional a garantizar el financiamiento del mecanismo de participación, abriendo la puerta a la rápida postergación de las consultas públicas, un paso clave en el ordenamiento territorial del Oriente antioqueño.
“El Registro Civil se encargará de la logística necesaria para realizar esta votación y determinará la fecha en que los ciudadanos podrán acudir a las urnas”, dijo el gobernador de Antioquia.